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martes, 30 de enero de 2018

1.2. CONVENIO DE ESTAMBUL

El Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, también conocido como Convención de Estambul, es una convención del Consejo de Europa en contra la violencia contra mujeres y la violencia doméstica, iniciada para su firma el 11 de mayo de 2011, en Estambul, Turquía. Los objetivos de la convención son la prevención de la violencia, la protección de las víctimas y acabar con la impunidad de los perpetradores.​ A noviembre de 2015, ha sido firmado por 40 países. El 12 de marzo de 2012, Turquía se convirtió en el primer país en ratificar la Convención, seguida por dieciocho otros países entre 2013 y 2015 (Albania, Andorra, Austria, Bosnia y Herzegovina, Dinamarca, Finlandia, Francia, Italia, Malta, Mónaco, Montenegro, Países Bajos, Polonia, Portugal, Serbia, Eslovenia, España y Suecia). La Convención entró en vigencia el 1 de agosto de 2014.

domingo, 10 de diciembre de 2017

1.1. II PLAN ESTRATÉGICO DE IGUALDAD DE GÉNERO EN EDUCACIÓN 2016/2021

El II Plan de Igualdad de Género en la Educación, establece las medidas de la Junta para promover este objetivo en las aulas andaluzas durante el periodo 2016-2021. Respecto al anterior plan, desarrollado desde 2005, la nueva estrategia refuerza las medidas orientadas a la prevención y erradicación de la violencia contra la mujer y a evitar discriminaciones por identidad y orientación sexual, modelo de familia o formas de convivencia. Asimismo, incorpora otras que inciden en la cultura que sustenta la desiguadad, especialmente la tradicional socialización diferenciada.
Las iniciativas recogidas en el plan se agrupan en cuatro grandes finalidades: establecer las condiciones para que los centros desarrollen planes coeducativos a través de una organización escolar y de un currículo sin sesgos de género; desarrollar acciones de sensibilización, formación e implicación de la comunidad educativa; promover inicativas de prevención de la violencia, e integrar la perspectiva de género en el funcionamiento de la Administración educativa andaluza.
El documento se completa con la mejora de las medidas ya implantadas en el plan de 2005, entre ellas las vinculadas a la utilización de lenguaje no sexista; eliminación de las desigualdades provocadas por la socialización diferenciada; formación específica al profesorado y a las familias; fomento de las prácticas educativas no discriminatorias, y enseñanza de los conocimientos relacionados con las responsabilidades familiares. Los centros seguirán contando con responsables de coeducación, seleccionados entre el profesorado y cuya dedicación se considera como mérito para la promoción profesional.

3.27. DESDE LA RAÍZ